
Extracto
del
Reglamento Orgánico
CAPÍTULO I
OBJETIVO DE LA ACADEMIA
Art. 1.- El conocimiento y estudio del pasado en general y principalmente de la nación dominicana, constituyen el objetivo primordial de la Academia Dominicana de la Historia.
a) La Academia Dominicana de la Historia es un organismo de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y demás derechos y obligaciones inherentes a tal calidad. Está exenta de impuestos y tasas nacionales y municipales. Su sede se establece en la ciudad de Santo Domingo, pero podrá establecer extensiones o delegaciones en otras ciudades de la República. Disfruta de franquicia postal y telegráfica permanente.
Art. 2.- Para lograr sus objetivos la Academia se ocupará:
a) En investigar, adquirir, clasificar, coleccionar y conservar cuanto documento, impreso, manuscrito, original o en copia, pueda contribuir al enriquecimiento de la Historia en general de la Isla Española o de Santo Domingo y especialmente de la Historia Patria.
b) Adquirir y conservar cuantos objetos, libros, folletos, fascículos, periódicos, estampas, cartas geográficas, fotografías, microfilmes, videocintas, casetes y todo cuanto pueda ser útil al estudio de la historia en general y especialmente de la dominicana.
c) En divulgar la Historia Nacional por medio de obras, monografías, memorias, disertaciones, fascículos, revistas, folletos, y otros tipos de publicaciones.
d) En asesorar al Gobierno Nacional en todos los asuntos históricos, emitiendo su opinión en aquellos casos que se lo requiera dicha autoridad y sus instituciones.
e) En estimular el estudio de la Historia Patria, a través de las actividades docentes y culturales, concursos, premiaciones y otros medios.
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Fuente: Normativa, Santo Domingo, 2005