
Joaquín Balaguer
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 6387.
VISTO el Decreto Nº 186 del 23 de julio de 1931;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo Único.- La Academia Dominicana de la Historia estará constituida en lo sucesivo por los siguientes Miembros:
Licenciado Federico C. Alvarez, José Antonio Hungría, Licenciado J. Marino Incháustegui, César A. Herrera, Monseñor Juan Francisco Pepén, Licenciado Carlos Rafael Goico, Doctor Armando Oscar Pacheco, Sócrates Nolasco, Licenciado Francisco Prats Ramírez, Doctor L. Enrique Franco, Licenciado Hipólito Herrera Billini y Doctor Rafael Molina Morillo.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de enero del mil novecientos sesenta y uno, años 117º de la Independencia, 98º de la Restauración y 31º de la Era de Trujillo.
JOAQUÍN BALAGUER
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Fuente: Colección de Leyes, Decretos y Resoluciones, Santo Domingo, 1961